PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, A. e I.A.S. - U.O.C. 0393
Entidad Contratante: UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, A. e I.A.S.
Denominación de la UOC.: 0393
Domicilio: Fuegia Basket 251 – 9410 – Ushuaia – Tierra del Fuego A.e I.A.S.
Correo electrónico : compras@untdf.edu.ar
Correo electrónico de recepción de ofertas: ofertas@untdf.edu.ar
OBTENCIÓN DE PLIEGO.
El presente Pliego es sin costo y se podrá solicitar vía e-mail al correo electrónico compras@untdf.edu.ar; o bien descargar desde el Sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: https://comprar.gob.ar/ O en el sitio de Universidades Compran https://universidadescompran.cin.edu.ar/ . Una vez obtenido el Pliego deberán enviar un correo electrónico a la dirección: compras@untdf.edu.ar con los siguientes datos, que serán válidos para las notificaciones que se cursen a lo largo del proceso licitatorio, a saber:
a) Razón Social
b) CUIT
c) Domicilio
d) Teléfono
e) Correo electrónico de contacto donde serán válidas todas las notificaciones
f) Persona de Contacto
De no recibir estos datos el Organismo no se responsabiliza de algún cambio que se le pueda corregir mediante circular al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, como así también las notificaciones de Dictámenes y Resoluciones.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de internet de la ONC., no obstante quienes no lo hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
CONSULTAS AL PLIEGO.
Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse vía mail al correo electrónico compras@untdf.edu.ar en forma previa a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, hasta el plazo que se indica en el presente.
Todas las personas que realicen consultas, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
Las consultas deberán ser efectuadas hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas, en el caso de los procedimientos de licitación o concurso público o privado , subasta pública, compulsa abreviada y/ o adjudicación simple, cualquiera fuere el tipo de procedimiento.
CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Las circulares aclaratorias, de oficio o como respuesta a consultas, podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de contrataciones y deberán ser comunicadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas en los procedimientos de licitación o concurso público o privado y subasta pública, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante del pliego y difundirlas en el sitio de internet de la ONC. En los procedimientos de selección por compulsa abreviada o adjudicación simple, las circulares aclaratorias se comunicarán con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares modificatorias deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con UN (1) días como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante del pliego y difundirse en el sitio de internet de la ONC.
Entre la publicidad de la circular modificatoria y la fecha de apertura, deberán cumplirse los mismos plazos de antelación estipulados en la normativa vigente que deben mediar entre la convocatoria original y la fecha de apertura de acuerdo al procedimiento de selección de que se trate, por lo que deberá indicarse en la misma la nueva fecha para la presentación de las ofertas.
FORMALIDADES Y REQUISITOS DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán admitidas sólo hasta la fecha y horario indicada para tal fin en "FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS" .
Las propuestas serán redactadas en idioma nacional, y serán remitidas al correo electrónico institucional ofertas@untdf.edu.ar, hasta la fecha y hora indicada.
La oferta deberá estar firmada, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
La cotización deberá basarse en moneda nacional, y podrá efectuarse en la Planilla Modelo de Presentación de Ofertas, o de la forma que se prefiera, siempre respetando como mínimo los datos que se expresan en dicha planilla. La oferta deberá especificar el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, en moneda nacional.
IMPORTANTE: No se aceptarán cotizaciones que no indiquen claramente el RENGLON al cual pertenece el producto bien o sevicio, CANTIDADES OFRECIDAS, PRECIO UNITARIO Y PRECIO TOTAL. Se deberán consignar el domicilio especial para el procedimiento de selección en el que se presenten, el que podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), en caso que el oferente esté incorporado.
SE DEBERÁN INDICAR CLARAMENTE, EN LOS CASOS EN QUE SE EFECTÚEN OFERTAS ALTERNATIVAS Y/O VARIANTES, CUAL ES LA OFERTA BASE Y CUALES LAS ALTERNATIVAS O VARIANTES. EN TODOS LOS CASOS DEBERÁ EXISTIR UNA OFERTA BASE.
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán realizar la presentación de sus ofertas en UN ÚNICO archivo de formato PDF, el cual deberá estar sellado mediante la herramienta Sello de Tiempo 2.0 de Blockchain Federal Argentina (BFA) a través de la página https://bfa.ar/sello2#/ , https://www.escribanodigital.com/tsa2/# o la que a futuro la reemplace. El código que se obtiene al procesar el archivo a través de dicha función, se denomina HASH (método criptográfico para encriptar archivos) y es el código que queda asociado a la oferta. Este código HASH deberá ser enviado por el oferente al correo electrónico ofertas@untdf.edu.ar , hasta la hora y fecha límite de presentación de ofertas definido en el Pliego de Bases y Condiciones La presentación de las ofertas tendrá dos etapas. El instructivo para la obtención del HASH se encuentra incoporado como documento adjunto del presente pliego.
ETAPA 1: RECEPCION DE CÓDIGO DE ENCRIPTACIÓN (HASH) HASTA el 24/06/2024 a las 10:00hs al correo electrónico ofertas@untdf.edu.ar con el siguiente ASUNTO: “LPU 03/2024– EXPTE 375/2024- RAZON SOCIAL (persona humana o jurídica) – HASH ” . El código DEBE ENVIARSE EN EL CUERPO DEL MAIL.
La primera etapa se define como el lapso en el cual los oferentes deberán remitir al correo electrónico ofertas@untdf.edu.ar , el o los códigos HASH generados con el sello de tiempo correspondientes a sus ofertas (se podrán aceptar varios HASH para una misma oferta en caso que el archivo a sellar por su extensión no permita crear un único HASH, entonces el oferente podrá subdividir el contenido y enviarlo en múltiples archivos), debiendo indicarse claramente en el asunto del correo electrónico remitido por el oferente, número de procedimiento, expediente y razón social del remitente ( PROCEDIMIENTO NRO XXX –EXPTE XXX- RAZÓN SOCIAL- HASH). El/los códigos HASH deben copiarse INDEFECTIBLEMENTE en el cuerpo del mail remitido, no aceptandose códigos que se adjunten como archivos adjuntos.
ETAPA 2: RECEPCION DEL ARCHIVO PDF con la oferta, correspondiente al HASH previamente enviado, DESDE las 10:00hs hasta las 12:00hs del 24/06/2024 a la casilla de correo electrónico ofertas@untdf.edu.ar con el Asunto: “LPU 003-2024 – EXPTE 375/2024- RAZON SOCIAL (persona humana o jurídica) – PDF”
La segunda etapa es el período de recepción de los archivos que contienen las ofertas en formato PDF al correo electrónico ofertas@untdf.edu.ar , debiendo indicarse claramente en el asunto del correo electrónico remitido por el oferente, número de procedimiento, expediente y razón social del remitente ( PROCEDIMIENTO NRO XXX –EXPTE XXX- RAZÓN SOCIAL- PDF). El archivo enviado no deberá sufrir ninguna modificación entre el momento en que se le estampó el sello de tiempo y el momento en que efectivamente se envía al mail ofertas@untdf.edu.ar.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentar el código de encriptación HASH correspondiente al PDF que contenga la oferta, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
MONEDA DE COTIZACION.
La cotización deberá ser expresada en moneda nacional.
Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
Por aplicación de la Ley 19640 la cotización deberá ser formulada sin IVA, siendo que NO SE PODRÁN CONSIDERAR OFERTAS QUE CONTENGAN IVA, ASÍ COMO TAMPOCO SE PODRÁ FACTURAR IVA, en caso de resultar adjudicatarios. En caso de omisión e inclusión del Iva por error involuntario, se considerará el monto detrayendo el Iva correspondiente a efectos de poder considerar la oferta en la evaluación.
En el precio, el oferente debe considerar incluidos el costo de fletes y logística, todos los impuestos vigentes, tasas, derechos y/o comisiones, movimientos dentro de los edificios, seguros, reparación de eventuales daños, responsabilidad civil, beneficios, sueldos, jornales y cargas sociales, gastos de mano de obra auxiliar, gastos y costos indirectos, gastos y costos generales y todo otro gasto, gravamen o impuesto que pueda incidir en el valor final de la provisión. Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Se deberá presentar junto con la oferta, la garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, salvo los casos en que no correspondiere su presentación.
La garantía de mantenimiento de oferta será del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
No será necesaria la presentación de la garantía de oferta cuando el monto de la OFERTA no supere la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES CON 00/100 ($ 27.000.000,00)
Las ofertas que superen el monto indicado en el párrafo anterior, deberán estar acompañadas por una garantía de oferta equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la propuesta económica.
En el caso de cotizar con alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto.
Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las siguientes formas:
a) Con cheque certificado contra una entidad bancaria
b) Con Seguro de caución
c) Depósito bancario en la cuenta de la Universidad.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
IMPORTANTE: LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SERÁ CAUSAL DE DESESTIMACIÓN DE LA OFERTA.
GARANTIA IMPUGNACIÓN DE DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
En los casos que corresponda constituirla, se regirá por los porcentajes establecidos en el PBCG. Para los casos del 3er y 4to párrafo del art. 32 del PBCG, se establece un monto fijo de impugnación de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00.-).
Pautas de Evaluación:
A los efectos de la Evaluación de Ofertas se tomarán en cuenta las siguientes variables: Ubicación (Proximidad al Campus UNTDF Ushuaia); Antigüedad de la Edificación; Estado de Conservación general y específico de Instalaciones, Estructura y Envolvente; Calidad y Tipo de Materiales de construcción (Prioridad de Materiales Ignífugos); Condiciones de Accesibilidad Universal; Relación Superficie Neta de Uso y de Servicio/Circulación; Plazas de alojamiento adicionales a las 10/12 previstas; Iluminación y Ventilación natural de los espacios; Posibilidades de Ampliación del Inmueble; Costo por m2 cubierto (General, Neto de Espacios de uso); Disponibilidad de espacios flexibles adicionales, Facilidad de Vías de Evacuación.
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación, quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio de internet de la ONC en el sitio de internet del sistema electrónico de contrataciones, en ambos casos, previa integración de la garantía de impugnación cuando esta corresponda.
GARANTIA DE IMPUGNACIÓN.
La garantía de impugnación, excepto en los casos previstos en el artículo 40 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobados para presente procedimiento, se constituirá de la siguiente forma:
a) De impugnación al dictamen de evaluación de las ofertas: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento o para el renglón o los renglones en discusión y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será por la suma de pesos treinta mil ($30.000).
Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será por la suma de pesos tres mil ($3.000).
Cuando se impugne la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con anterioridad.
Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente.
ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación, se dictará el correspondiente acto administrativo de adjudicación, el que será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo, y difundido en el sitio COMPR.AR.
El contrato quedará perfeccionado con la notificación al adjudicatario de la correspondiente orden de compra, emitida dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación. Las partes suscribirán el Boleto de Compraventa dentro de los VEINTE (20) días hábiles de notificada la Orden de Compra, previa entrega de los correspondientes Informes de Dominio e Inhibición actualizados.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Cuando el monto de la orden de compra supere la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES CON 00/100 ($ 27.000.000,00), el adjudicatario deberá presentar una garantía equivalente al 10 % del valor total de la orden de compra, e integrarla dentro del termino de CINCO (5) dias de recibida la orden de compra.
Las garantías podrán constituirse de la siguiente forma, o mediante combinaciones de ellas:
a) Con cheque certificado contra una entidad bancaria
b) Con Seguro de caución
c) Depósito bancario en la cuenta de la Universidad.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la SUPER INTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y podrá contener la respectiva legalización por escribano público.
DETALLE DE LA PRESTACIÓN
OFERTAS ALTERNATIVAS: SI SE ACEPTAN.
OFERTAS VARIANTES: SI serán admitidas propuestas variantes.
EN TODOS LOS CASOS DEBERÁ EXISTIR UNA OFERTA BASE.
DATOS DE LA EJECUCIÓN
IMPORTANTE:
Para el caso que las Inmobiliarias presenten las Ofertas, los datos a aportar deberán pertenecer a los propietarios del bien y no a sus representantes, quienes, por su carácter de intermediarios, deberán acompañar el pertinente instrumento que acredite que fueron apoderados para actuar en nombre y representación de los propietarios del bien ofertado. En este supuesto, la entidad contratante no reconocerá comisión alguna. En los casos de sucesiones indivisas, la documentación deberá pertenecer a la misma, sin perjuicio de la intervención del administrador designado o de los herederos. Si se ofrecieran inmuebles que revistan la condición de gananciales de una sociedad conyugal, cuya titularidad recaiga sobre ambos cónyuges, será suficiente la presentación de uno de ellos con el asentimiento conyugal del otro, en los términos del artículo 470 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. La totalidad de la documentación detallada deberá ser presentada hasta la fecha y hora fijada en este Pliego para la presentación de ofertas, en original o copia debidamente certificada ante escribano público, redactada en castellano o traducida por traductor público nacional matriculado en los términos de los artículos 27 y 28 del Decreto Nº 1759/72 (T.O. Decreto Nº 1883/91) indefectiblemente.
PLAZO DE ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN PARA ESCRITURAR.
Dentro de los CINCO (5) días hábiles de la notificación de la Orden de Compra al adjudicatario, deberá presentar ante la UNTDF, para ser remitido a la ESCRIBANÍA actuante, el Título de Propiedad original del inmueble y la documentación referida a los titulares regístrales y sus cónyuges, fotocopia de sus DNI, constancias de inscripción del CUIT, CUIL o CDI, y en caso de ser personas jurídicas copias certificadas por escribano y legalizadas por el Colegio Notarial de la jurisdicción, de los Estatutos Sociales y las Actas de Asambleas y Directorio pertinentes del oferente, como así también los poderes habilitantes en sus casos. Por otra parte, corresponde al adjudicatario procurarse las certificaciones y documentos exigidos por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) como condición para operar la transferencia de dominio.
ESCRITURACIÓN Y POSESIÓN DEL INMUEBLE
El inmueble deberá entregarse totalmente desocupado, libre de inquilinos, intrusos u ocupantes de cualquier orden, simultáneamente en el momento de la escrituración traslativa del dominio y en las condiciones detalladas en las Especificaciones Técnicas obrantes en este Pliego. La Escritura Traslativa de Dominio se otorgará ante la escribanía que DETERMINE EL VENDEDOR. El plazo de escrituración será a los VEINTE(20) días hábiles administrativos, a contar desde el ingreso del procedimiento licitatorio con la respectiva Orden de Compra y demás documentación a la citada Escribanía. El término fijado para la firma de la Escritura Traslativa de Dominio se interrumpirá si existieran observaciones referidas al estudio de título y antecedentes, sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir, hasta la subsanación del vicio.
GASTOS E IMPUESTOS.
Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio serán a cargo del adjudicatario, así como el impuesto de sellos, gastos de reposición fiscal, honorarios, GASTOS DE ESCRIBANÍA, diligenciamiento de los certificados registrales y estudio de títulos, contribuciones a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP). Del mismo modo abonará toda deuda por impuestos, tasas, contribuciones y servicios que graven al inmueble hasta la firma del Boleto de Compraventa. La UNTDF abonará los sellos de matriz y testimonio, así como los gastos de registración de la escritura. La venta se debe realizar en base a títulos perfectos y sin observación y libre de todo gravamen, embargos o inhibiciones, con todos los impuestos, tasas, contribuciones a servicios y expensas en su caso, íntegramente pagos hasta el día de otorgada la posesión.
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES DEL ESTADO.
Los oferentes quedarán exceptuados de estar incorporados en el SIPRO.
FORMA DE PAGO
ALTERNATIVA 1):
El CINCUENTA POR CIENTO (50 %) se cancelará dentro de los QUINCE (15) días corridos, contados a partir del día hábil posterior al de la suscripción del Boleto de Compraventa.
El CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, se cancelará dentro de los QUINCE (15) días corridos, contados a partir del día hábil posterior al de la suscripción de la Escritura Traslativa de Dominio.
ALTERNATIVA 2):
El OCHENTA POR CIENTO (80 %) se cancelará dentro de los QUINCE (15) días corridos, contados a partir del día hábil posterior al de la suscripción del Boleto de Compraventa.
El VEINTE POR CIENTO (20%) restante, se cancelará dentro de los QUINCE (15) días corridos, contados a partir del día hábil posterior al de la suscripción de la Escritura Traslativa de Dominio.
EN ESTE CASO EL VENDEDOR SE COMPROMETE A TRASLADAR LA POSICIÓN EN LA FECHA DE CONCRECIÓN DEL PAGO DEL OCHENTA POR CIENTO (80%) INICIAL.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria, para lo cual deberá notificarse el número de CBU del beneficiario.
CONSTITUCION DE DOMICILIO ESPECIAL: Se deberá constituir un domicilio especial, en el cual serán válidas todas las notificaciones del presente procedimiento. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
JURISDICCIÓN APLICABLE
No obstante, el domicilio especial constituido, para cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del presente contrato, cualquier controversia que se suscitara será sometida a la jurisdicción de los Juzgados Federales que correspondan.
NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACIÓN .
Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) Las disposiciones del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El manual de procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Universidad conforme Ordenanza CS N° 04/2018
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales conforme Ordenanza Consejo Superior CS N° 04/2018
f) La Ordenanza del Consejo Superior Nª 01/2022
g) El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
h) La oferta.
i) Las muestras en caso que se hubieran acompañado.
j) La adjudicación.
k) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas podrán presentarse planilla aparte con la información que a continuación se detalla:
• N° de Renglón
• Detalle
• Unidad de Medida
• Cantidad
• Precio Unitario
• Precio Total MONTO OFERTA TOTAL: SON PESOS …………………………………
(Deberá obligatoriamente consignar el monto total de la oferta en letras).
Todas las Leyes, Decretos y Disposiciones indicados precedentemente pueden ser consultados en http://www.argentinacompra.gov.ar ; consulta de Pliego de Bases y Condiciones Generales http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-269999/265968/disp63-1.pdf
Asimismo, resulta de aplicación la Ley Nº 22.431 “Sistema de protección integral de los discapacitados” y Decreto Reglamentario N312/2010. |